
- En la sesión del pleno de la Suprema Corte se informó el acuerdo de admisión se resolvió notificar a las Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió este lunes el trámite de la controversia constitucional 4/2018, que interpuso el Municipio de San Pedro Cholula, Puebla, contra la Ley de Seguridad Interior. La cual fue promulgada en por el presidente Enrique Peña Nieto en diciembre pasado.
El Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo será el instructor del procedimiento iniciado por el Ayuntamiento de San Pedro Cholula, cuyo edil comulga con el partido Morena: José Juan Espinosa.
En la sesión del pleno de la Suprema Corte se informó el acuerdo de admisión se resolvió notificar a las Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión, el Poder Ejecutivo Federal, señaladas como autoridades responsables en la demanda, para que rindan los informes correspondientes y manifiesten lo que a su interés convenga.
“Con copia simple del escrito de cuenta y sus anexos, empláceseles para que presenten su contestación dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación de este proveído”, señaló la SCJN.
En cuanto a la solicitud de suspensión planteada por el municipio de San pedro Cholula, el ministro Pardo Rebolledo señaló que no ha lugar a concederla.
Con la admisión a trámite se abre la etapa de instrucción del juicio, en el que se analizará la constitucionalidad de la ley impugnada, que entró en vigor mediante decreto publicado el 21 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial de la Federación, y que, de acuerdo con el municipio actor, violenta de manera flagrante su autonomía.
El Ministro requirió también al Congreso de la Unión, por conducto de sus Cámaras de Diputados y Senadores, para que, al dar contestación a la demanda, envíen a la SCJN copia certificada de los antecedentes legislativos de la norma general impugnada, y al Poder Ejecutivo Federal para que, en el mismo plazo, exhiba un ejemplar del Periódico Oficial en donde conste su publicación, apercibidos que, de no cumplir con lo anterior, se les aplicará una multa.









