ONU urge a México eliminar prisión preventiva automática


GINEBRA (apro) – El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas urgió a México eliminar la prisión preventiva automática e insta al Congreso a que evite expandir los fundamentos legales que han permitido la violación de derechos humanos.

El Grupo de Trabajo “insta al Congreso de la Unión para que no extienda la prisión preventiva automática, sino que elimine dicha figura de la Constitución y de las leyes”.

En un comunicado emitido en Ginebra los expertos de la ONU subrayan que, bajo la normativa actual, las personas son encarceladas sólo por ser acusadas de ciertos delitos.

Sin embargo, en claro desacato del derecho internacional en la materia, los acusados “no gozan del derecho a la presunción de inocencia, ni de la posibilidad de cuestionar judicialmente la detención preventiva”, indicó el Grupo de Trabajo.

“La reforma propuesta amplía la lista de delitos que requieren prisión automática durante el juicio, bajo el artículo 19 de la Constitución, lo que expondrá a más personas a situaciones de detención arbitraria”, dijeron los expertos de la ONU.

“Para que la prisión preventiva sea una excepción, esta no puede ser automática”, remarca el texto.

Además, el Grupo de Trabajo de la ONU sostiene que “tal excepcionalidad requiere de un análisis individual, caso por caso, para determinar si es necesario y proporcional recurrir a la privación de la libertad personal.”

El Grupo recuerda que, en enero de 2018, el Grupo de Trabajo adoptó una opinión en la que invitó al gobierno a derogar las normas constitucionales y legales que ordenan la prisión preventiva automática, por considerar que ellas son contrarias al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos al que México está suscrito.

El Grupo de Trabajo “es consciente de los serios desafíos que enfrenta México en materia de seguridad, criminalidad y violencia”, pero insiste en que tal figura debe ser eliminada de la Constitución.

En una carta enviada al gobierno el 30 de noviembre pasado a la que tuvo acceso Apro los expertos hacen referencia a informes recibidos sobre “las iniciativas de reformas legislativas y constitucionales que buscarían ampliar el catálogo de delitos sujetos a prisión preventiva oficiosa, en posible debilitamiento de los derechos y garantías a la presunción de inocencia, el debido proceso, la libertad, seguridad e integridad personal, así como la independencia judicial, la igualdad y la no discriminación”.

Según la información recibida “diputados y senadores del Honorable Congreso de la Unión han presentado iniciativas legislativas que buscarían impulsar reformas a la Constitución y a varias leyes en México. En particular, existirían propuestas que buscan ampliar el catálogo de delitos que son sujetos a prisión preventiva oficiosa, prevista en la segunda parte del párrafo dos del artículo 19 de la Constitución.

Ampliación del catálogo de delitos

Actualmente, dicha norma constitucional establece que: El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso.

El juez ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.

La carta enviada al gobierno del entonces presidente Enrique Peña Nieto observa que entre septiembre y noviembre de 2018, grupos parlamentarios de los partidos Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Partido Revolucionario Institucional (PRI), Partido Acción Nacional (PAN), Partido del Trabajo y el Partido Encuentro Social, propusieron enmiendas al mencionado artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a varios artículos del Código Penal Federal, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, la Ley General en Materia de Delitos Electorales y la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Hidrocarburos.

En conjunto, dichas iniciativas de reforma tendrían como finalidad ampliar el listado de delitos que deberán ser sujetos a prisión preventiva oficiosa, observan los expertos.

Agrega que el miércoles 28 de noviembre de 2018, dos comisiones competentes del Senado aprobaron un anteproyecto de reforma del artículo 19 constitucional, que pasaría ahora a discusión y votación en el pleno de la cámara.

El proyecto de reforma constitucional aprobado en las comisiones del Senado pretende incluir los siguientes tipos penales al listado de delitos sujetos a prisión preventiva automática bajo el artículo 19: Violencia sexual contra menores; uso de programas sociales con fines electorales; robo de transporte de carga, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.

De igual forma, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos y corrupción.

De acuerdo al Grupo de Trabajo de la ONU, “es posible que a esta lista se adicione la desaparición de personas y que la aplicación del supuesto de violencia contra menores se extienda más allá de la violencia sexual”.

“Entendemos que durante la discusión en la comisión mixta del Senado se reconoció que la medida representa un riesgo para los derechos humanos, pero se decidió aprobarla para presuntamente complacer la demanda ciudadana de mejoras en las políticas de seguridad”, admiten los expertos.

Preocupación

No obstante, expresan “profunda preocupación ante la intención de expandir las bases jurídicas para un mayor uso de la prisión preventiva oficiosa en México, cuando dicha práctica ya ha sido identificada como contraria a los derechos humanos a la libertad y seguridad personal, así como a un juicio justo, con debido proceso y garantías judiciales”.

“Se expresa una seria preocupación ante el hecho de que las iniciativas de reforma proponen ampliar -aún más- el uso de la detención como regla general, en lugar de ser aplicada como una excepción. Para que la prisión preventiva sea una excepción, esta no puede ser oficiosa; la excepcionalidad requiere de un análisis individualizado, caso por caso, que permita determinar si es legítimo, necesario y proporcional privar a una persona de su libertad, en atención a las circunstancias particulares de la acusación”, argumentan.

“Las reformas constitucionales y legislativas propuestas implicarían que los jueces no podrían ponderar la posibilidad de utilizar medidas alternativas a la detención para una mayor cantidad de delitos”, lanzó el Grupo de la ONU.

La carta enviada al gobierno y al Congreso detalla los artículos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que viola dicha figura.

“Resulta preocupante que con el sólo hecho de una acusación penal las personas deban ser automáticamente privadas de su derecho a la libertad personal, en ocasiones por períodos sumamente excesivos de prisión preventiva, antes de concluir un juicio contradictorio donde se examinen los hechos y el derecho aplicable”, añaden.

Y sigue: “Encontramos particularmente preocupante que, por un lado, los fiscales y querellantes gozarán de un incremento en los supuestos de hecho bajo los cuales pueden formular una acusación, independientemente de su veracidad, para automáticamente privar de su libertad a cualquier persona”.

Riesgos

Por otro lado, consideran que los jueces que reciban dichas acusaciones no tendrán otra opción más que, de oficio, darle un tratamiento de presunto culpable a todos aquellos que sean acusados bajo una gama de delitos que ahora se pretende extender.

“Las personas en México se encontrarían en un riesgo aún mayor de sufrir privaciones”, sostiene el grupo de la ONU.

“Por último, quisiéramos destacar que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se ha pronunciado sobre el tema y recomendó específicamente que “toda disposición que ordene la aplicación obligatoria de la prisión preventiva por el tipo de delito deberá ser derogada.”

“Es preciso destacar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos también ha estudiado la aplicación automática de la prisión preventiva, determinando que dicha decisión, en vez de ser una cautelar, termina convirtiéndose en una medida punitiva, enfatiza el Grupo.

Finalmente, el Grupo sobre Detención Arbitraria de la ONU destaca que el uso excesivo de la detención preventiva podría resultar en hacinamiento en los centros de detención, lo cual es contrario a la prohibición de la tortura y de penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, establecida en el pacto, así como puede vulnerar el derecho de las personas privadas de libertad a ser tratadas humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.

“En ese sentido, nos permitimos recordar que uno de los retos más frecuentes para el respeto a la dignidad humana y la prohibición de la tortura es el hacinamiento, y esto se aplica “particularmente en los casos de detención preventiva”, concluyen los expertos de la ONU.