
- Se avalaron 46 dictámenes de la Comisión Permanente de Hacienda
San Raymundo Jalpan, Oax., a 03 de febrero de 2026.- La LXVI Legislatura del Congreso del Estado de Oaxaca aprobó con 32 votos a favor, los dictámenes presentados por la Comisión Permanente de Hacienda mediante los cuales se expiden las Leyes de Ingresos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2026, correspondientes a 46 municipios de la entidad.
El órgano legislativo informó que se realizó un análisis técnico y responsable de cada propuesta, sustentado en los principios de legalidad, equidad, proporcionalidad y justicia tributaria, con el objetivo de salvaguardar la economía de las familias oaxaqueñas y garantizar el respeto a los derechos de las y los contribuyentes.
Asimismo, constató que los ordenamientos aprobados contemplaran cargas fiscales justas y razonables, acordes con la realidad económica de cada municipio, en estricto apego a lo dispuesto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fortaleciendo con ello un marco jurídico que promueve la transparencia, la eficiencia administrativa y el uso honesto de los recursos públicos.
En este sentido, en el Distrito de Ixtlán de Juárez se avalaron las Leyes de Santiago Laxopa, Guelatao de Juárez y San Pedro Yaneri; mientras que en el Distrito de Putla las correspondientes a Santa Cruz Itundujia y San Pedro Amuzgos. En el Distrito de Jamiltepec se aprobaron las de San Pedro Atoyac, San Juan Colorado, San Agustín Chayuco y Santo Domingo Armenta; y en el Distrito de Villa Alta, las de Villa Hidalgo Yalálag y Santiago Lalopa.
En el Distrito de Miahuatlán se dictaminaron favorablemente las de San Juan Ozolotepec, Santiago Xanica y San Juan Mixtepec; en el Distrito de Juquila, las de San Pedro Juchatengo, San Juan Lachao y Santos Reyes Nopala; y en el Distrito de Nochixtlán, las de Santiago Apoala y San Andrés Nuxiño. Para el Distrito de Coixtlahuaca se aprobó la de Santa Magdalena Jicotlán; y en el Distrito Centro, las de Santa María Coyotepec, San Sebastián Tutla y San Antonio de la Cal.
De igual forma, en el Distrito de Choápam se avaló la de San Juan Petlapa; en el Distrito de Tlaxiaco, las de San Pedro Molinos, Santiago Yosondúa y San Antonio Sinicahua; y en el Distrito de Juchitán, las de San Francisco del Mar, Santa María Xadani y Chahuites. En el Distrito de Cuicatlán se aprobaron las de Santiago Nacaltepec y Santa María Tlalixtac.
También se expidieron las Leyes correspondientes a municipios del Distrito de Tlacolula, como San Pedro Quiatoni, Santo Domingo Albarradas, San Juan Guelavía y Villa Díaz Ordaz; del Distrito de Silacayoápam, San Andrés Tepetlapa y Santiago del Río; del Distrito de Juxtlahuaca, San Martín Peras; del Distrito de Tehuantepec, Santa María Totolapilla, Santa María Guienagati y Santiago Astata; del Distrito de Etla, Santiago Tenango; del Distrito de Ocotlán, Santiago Apóstol; del Distrito de Pochutla, Santa María Colotepec; y del Distrito de Zimatlán, Ciénega de Zimatlán.









