Suprema Corte atrae dos amparos sobre caso de la Guardería ABC

El pleno de la Primera Sala del Alto Tribunal decidió atraer los amparos 222/2018 y 223/2018, a propuesta del ministro Jorge Mario Rebolledo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió ejercer su facultad de atracción respecto de dos amparos relacionados con el incendio ocurrido en la Guardería ABC, en Hermosillo, Sonora, en junio de 2009, el cual provocó la muerte de 49 niños y dejó 43 lesionados.

Durante la sesión de este miércoles, el pleno de la Primera Sala del Alto Tribunal decidió atraer los amparos 222/2018 y 223/2018, a propuesta del ministro Jorge Mario Rebolledo.

Por esos acontecimientos, 19 personas fueron sentenciadas por la comisión de los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas, y ante el número de sujetos pasivos, los responsables fueron sancionados conforme a las reglas del concurso ideal de delitos porque, con una sola conducta, cada reo cometió varios actos ilícitos.

En ese sentido, en cuanto a la solicitud 222/2018, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró que el asunto cumple los requisitos de interés y trascendencia para su atracción.

Ello, porque su análisis podría permitir examinar la regularidad constitucional de la sentencia reclamada, específicamente la parte en que –a raíz de un control ex officio– se declaró la inconvencionalidad del Artículo 64 del Código Penal Federal.

Debido a lo anterior, se inaplicó la porción normativa que prevé la regla para sancionar el concurso ideal de delitos, vigente en 2009, para luego configurar una fórmula específica al caso concreto, lo cual implicó que las penas de prisión impuestas se elevaran considerablemente.

Del mismo modo, en relación con la solicitud 223/2018, se consideró que las notas de importancia y trascendencia también se cumplen.

Lo anterior, porque la atracción del asunto podría permitir a la Primera Sala evaluar si la condena impuesta a los sentenciados cumple los estándares respecto a la reparación integral del daño causado a las víctimas y ofendidos de los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas.

Sobre todo, pudiera llevar a examinar si la decisión de postergar su cuantificación a través de un incidente de inejecución es compatible con el derecho de acceso efectivo a la justicia, previsto en el Artículo 17 de la Constitución Federal, en su vertiente de justicia pronta.

Cabe recordar que la primera vez que la Corte analizó una situación relacionada con dicho incendio en Hermosillo, Sonora, el máximo tribunal del país determinó que el caso constituyó un asunto de violaciones graves a los derechos humanos.

El Segundo Tribunal Colegiado en materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito solicitó que la Suprema Corte conociera los amparos directos promovidos por los padres de familia de los niños de la Guardería ABC.

Entre los sentenciados que promovieron los amparos se encuentran Sandra Lucía Téllez Nieves, representante de la Guardería ABC; y Antonio Salido Suárez, secretario del Consejo de Administración de la Guardería ABC, Sociedad Civil; Noemí Sánchez López, exjefa del departamento de guarderías del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y Arturo César Leyva Lizárraga, exdelegado del IMSS en Sonora.

Con información de Notimex