Este jueves arranca registro de aspirantes para Fiscal General

  • Este jueves 10 de enero arranca el periodo de registro de los interesados en ocupar el cargo de Fiscal General del Estado, conforme a la convocatoria emitida por la LXXIV Legislatura local.

Será hasta el próximo miércoles 16 de enero cuando acabe el tiempo para poderse registrar.

La documentación que deberán cubrir los interesados son solicitud de registro con firma autógrafa del aspirante; currículum Vitae, en el que se precise la fecha de su nacimiento, datos generales e información relativa a la experiencia laboral, profesional, académica o administrativa en materia de administración de justicia, actualizado a la fecha del registro, con firma autógrafa del aspirante; carta, bajo protesta de decir verdad, en la que manifiesta que no se encuentra sujeto a procedimiento de responsabilidad, suspendido o privado en el ejercicio de sus derechos civiles o políticos, con firma autógrafa del aspirante.

Asimismo deberán presentar carta en la que manifieste su autorización para el uso público de la información que presenta, así como sus excepciones, con firma autógrafa; carta en la que manifiesta que ha leído y acepta las bases, procedimientos y cualquier deliberación relativa a la presente Convocatoria, con firma autógrafa; número telefónico o de localización, dirección de correo electrónico y domicilio en esta Ciudad capital para recibir notificaciones.

Además deberán presentar su acta de nacimiento original y copia cotejada de la credencial para votar con fotografía por ambos lados, expedida por el Instituto Nacional Electoral o por el Instituto Federal Electoral; carta de residencia expedida por autoridad competente; copia cotejada del título profesional de Licenciado en Derecho; copia cotejada de Cédula Profesional; copia cotejada de los documentos que corroboren o respalden el curriculum vitae; y carta de no antecedentes penales expedida por autoridad competente.

Cabe apuntar que los aspirantes deberán satisfacer los requisitos establecidos en el artículo 101 de la Constitución Política del Estado que abarcan ser ciudadano mexicano, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos; contar con residencia en el Estado al menos de tres años, el día de su designación; contar al día de su designación con una antigüedad de diez años en el ejercicio de su profesión y tener título profesional de licenciado en derecho expedido por universidad, autoridad o institución legalmente facultada para ello; gozar de buena reputación; y, no haber sido sentenciado por delito doloso, inhabilitado o encontrarse sujeto a procedimiento de responsabilidad.