Esto es lo que ya no podrá hacer ni gastar un funcionario con la ley de austeridad

Este martes la Cámara de Diputados aprobó la Ley Federal de Austeridad Republicana. Señalando las medidas de austeridad por las que deberán guiarse los servidores públicos en el ejercicio del gasto federal y para que contribuyan a que los recursos públicos se administren con eficacia.

La ley establece que queda prohibido a los servidores públicos comprendidos en los grupos jerárquicos de mando superior que por cualquier motivo se separen de su cargo, no podrán ocupar puestos en empresas que hayan supervisado, regulado o respecto a las cuales hayan tenido información privilegiada en el ejercicio de su cargo público hasta que hayan transcurrido 10 años de ocupar dicho cargo.

Para ocupar cualquier empleo, cargo o comisión en algún ente público, las personas interesadas se verán obligadas a separarse legalmente de los activos o intereses económicos particulares que estén relacionados con la materia o afecten de manera directa el ejercicio de sus responsabilidades.

Con dicha ley también desaparecen la contratación con recursos públicos cualquier tipo de jubilación, pensión y regímenes especiales de retiro, separación individualizada o colectiva, así como seguro de gastos médicos privados, seguros de vida o de pensiones.

Establece que los entes públicos deberán ajustar sus estructuras orgánicas y ocupacionales de conformidad con los principios de racionalidad y austeridad. Los titulares de las dependencias serán los únicos en contar con secretario particular y chofer.

Se prohíben la existencia de plazas con nivel de dirección general adjunta que no ejerzan facultades expresamente contempladas en la ley o reglamento.

Respecto a la contratación de servicios de consultoría o despachos externos para colaboradores, la ley señala que se realizarán únicamente cuando las personas físicas o morales que presten los servicios no desempeñen funciones similares a las del personal de plaza presupuestaria o no puedan realizarse con la fuerza de trabajo y capacidad profesional de los servidores públicos.

Los gastos por concepto de telefonía celular, combustibles, arrendamientos, viáticos, alimentación, mobiliario, remodelación de oficinas, equipo de telecomunicaciones, papelería, congresos, exposiciones y seminarios no podrán exceder los gastos erogados en el ejercicio presupuestal en tanto no se autoricen nuevos programas o se amplíen las metas de los existentes.

Al momento de adquirir bienes muebles o inmuebles, su arrendamiento o contratación de servicios y obra pública se buscará la máxima economía, eficacia y funcionalidad, en esta materia las adquisiciones, arrendamiento y servicios se adjudicaran, por regla general y de manera prioritaria, a través de licitaciones públicas.

Las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de la Función Pública (SFP) emitirán los lineamientos para la adquisición de bienes y servicios de uso generalizado de los entes públicos.

Al final de cada año fiscal los entes públicos obligados entregarán al Comité de Evaluación y a la Cámara de Diputados un informe en el cual se reporten ahorros obtenidos por la aplicación de dicha ley

La ley establece la constitución o celebración de fideicomisos o mandatos queda prohibida en materia de salud, educación, procuración de justicia, seguridad social y seguridad pública.

Queda prohibido utilizar las atribuciones, facultades o influencia que tengan los servidores públicos por razón de su empleo, cargo o comisión, para que designen o se contrate personal de confianza, estructura, de base o por honorarios en el servicio público a personas con las que tengan lazos de parentesco o vinculo de matrimonio o concubinato.