Revisa TEPJF queja de Pío Obrador contra INE por investigación en su contra

  • El PAN y el PRD denunciaron ante el Instituto Nacional Electoral al hermano del Presidente.

Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revisa esta tarde el recurso que interpuso Pío López Obrador en contra de la investigación en su contra por desvíos a Morena en 2015.

El proyecto de sentencia del Magistrado Indalfer Infante propone declarar improcedente la queja del hermano del Presidente Andrés Manuel López Obrador en contra de los actos fiscalización del INE por presuntas irregularidades electorales.

Considera que lo que impugna «carece de definitividad y firmeza, por lo que no produce una afectación irreparable en los derechos del prominente».

El PAN y el PRD denunciaron ante el Instituto Nacional Electoral presunto financiamiento irregular a Morena en Chiapas, después de hacerse público un video, grabado en 2015, en el que se ve a Pío López Obrador recibiendo dinero de manos de David León, asesor de Manuel Velasco, entonces Gobernador aquella entidad.

Por tratarse de hechos prescritos, porque la investigación se basa en una prueba ilícita que viola su privacidad, porque pedirle pruebas lo llevarían a la autoincriminación y porque se caería en violación irreparable de sus derechos, el Tribunal Electoral revirtió el proyecto que pretendía desechar la queja presentada por Pío López Obrador para que el Instituto Nacional Electoral deje de investigarlo.

Aunque el proyecto del magistrado Indalfer Infante González proponía desechar la queja que Pío López Obrador interpuso para que el Instituto Nacional Electoral no continúe la investigación en su contra, al considerar que “los actos combatidos carecen de legitimidad y firmeza, pues no recaen en una afectación irreparable en los derechos del promovente”, el bloque de los magistrados Luis Vargas, Felipe Fuentes Barrera, Felipe de la Mata y la magistrada Mónica Soto argumentaron lo contrario.

Así, con mayoría de votos rechazaron desechar el asunto y optaron por turnarlo a otro magistrado para que se haga un nuevo proyecto que analice de fondo las posibles afectaciones y el escenario de la investigación, para tomar una decisión definitiva.

El primero en rechazar el desechamiento fue el magistrado Felipe Fuentes quien respaldó los argumentos de Pío y su defensa, quienes expusieron que “los elementos son ilegales porque ha operado la prescripción y está basado en pruebas ilícitas que son contrarias a los derechos humanos, a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, a la intimidad y a la privacidad; el pedirle que aporte pruebas puede ser también violatorio de la Constitución por estar vinculado con una posible autoincriminación”.

Sostuvo que estos tres temas son suficientes para analizar más de fondo el asunto pues consideró como ilógico «que se desarrolle el proceso si existe la situación de prescripción, esto por certeza, debido proceso y seguridad jurídica, además de que se tramitaría un proceso que resultaría ocioso por existir la prescripción de esta facultad de la facultad”, además de que “ya se ha establecido hacer de lado las pruebas ilícitas, por lo que me parece que un procedimiento sancionador se vuelve ocioso si está basado en una prueba ilícita”.

El magistrado presidente José Luis Vargas señaló que en efecto, se trata de un asunto vinculado a derechos político electorales de libre asociación que no deben perderse de vista que son fundamentales.

“Y es nuestro deber atender como juzgadores la posible vulneración a los mismos por parte de una autoridad. Están vinculados al debido derecho y presunción de inocencia. Que una autoridad inicie una investigación llevaría a la irreparabilidad de esos derechos”.

Los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón se manifestaron a favor de respaldar el desechamiento y que el INE continúe la investigación como hasta ahora, pues consideraron no existen elementos que sustenten una posible violación a sus derechos.

“Si bien reconozco los razonamientos que han expresado refiriéndose a la jurisprudencia de 2010, me parece que en el caso concreto no se puede identificar cuál es el derecho político electoral que se estaría limitando para que se dé el supuesto de excepcionalidad previsto. No hay ningún derecho político que se vea restringido”.

Sin embargo, con cuatro votos en contra, el proyecto fue denegado y será turnado a otro integrante de la Sala Superior para que se analice de fondo todo el asunto y se determine en definitiva si es válido o no que el INE siga con la indagatoria.