130 millones de mexicanos y Morena busca quitar requisito de ser mexicano por nacimiento para ser candidato a Diputado federal o Senador

  • El senador de Morena, Martí Batres, propuso una reforma al artículo 55 de la Constitución Política en donde se suprime el requisito de ser mexicano por nacimiento para buscar un cargo en la Cámara de Diputados y el Senado de la República.

Resaltó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el requisito de “ser mexicano de nacimiento” para ejercer un cargo público, pues consideró que viola los principios de igualdad y no discriminación.

El texto de la Constitución para ser diputado federal es: “ser ciudadano mexicano por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos” por lo que la propuesta precisa:“ser ciudadana o ciudadano mexicano, en el ejercicio de sus derechos”.

Batres Guadarrama señaló que en la Constitución en su artículo 1 establece que: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana…”.

Morena impulsó la iniciativa de eliminar el requisito de ser ciudadano mexicano de nacimiento para llegar a ocupar los puestos de diputado federal o senador de la república.

Esto implicaría una reforma en la fracción I del artículo 55 de la Constitución Mexicana, en el cual se establecen siete requisitos para ser diputado, siendo el primero “ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos”.

“El año pasado, en pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el requisito de “ser mexicano de nacimiento” para acceder a un cargo público. Considero que dicho requisito viola los principios de igualdad y no discriminación establecidos en la Constitución Mexicana”.

Así lo presentó durante la sesión de Apertura del Segundo Periodo Ordinario del 3er año de la LXIV legislatura, la cual fue realizada de manera remota para evitar posibles contagios de COVID-19 entre los presentes.

Otros de los requisitos que demanda el artículo 55 para ser servidor público son: tener más de 21 años cumplidos el día de la elección, ser originario de la entidad federativa en que se haga la elección o vecino de esta, con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de ella.

También no estar en servicio activo en el Ejército Federal ni tener mando en la policía o gendarmería rural en el Distrito donde se haga la elección, cuando menos 90 días antes de ella; ni ser titular de alguno de los organismos que la Constitución otorga autonomía, ni ser Secretario o Subsecretario de Estado, ni titular de alguno de los organismos descentralizados o desconcentrados de la administración pública federal.

A su vez, no debe ser Ministro de algún culto religioso y, en caso de reelección, la postulación podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.