Ganan comuneros de Unión Hidalgo sentencia para recuperar sus tierras donde operaba un parque eólico en el Istmo de Tehuantepec (+Video)

Redacción – Aldair Martínez Gómez

En conferencia de prensa, Juan Antonio López, Coordinador de Justicia Transnacional en el Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, A.C. (ProDESC), junto con defensoras de derechos humanos de Unión Hidalgo informó que, después de 9 años de juicio se logró la nulidad de los contratos de arrendamiento de tierras con los que la empresa «Demex S. A. de C. V, operaba un parque eólico en el Istmo de Tehuantepec.

El representante de ProDESC, detalló que fue el Magistrado del Tribunal Unitario Agrario (TUA) del Distrito 22 con sede en Tuxtepec Oaxaca, quien otorgó la razón a 11 comuneros de Unión Hidalgo y con ello, la nulidad de los contratos en comento.

Refirió que la sentencia dictada reconoce que la Asamblea General de Comuneros de Juchitán de Zaragoza y sus anexos es la única que puede determinar el uso, destino y disfrute de las tierras. Señaló así mismo que todas son de uso común y son los únicos que pueden celebrar contratos de arrendamiento.

En ese sentido, consideró que con la sentencia del TUA se establece un precedente histórico en la defensa de la tierra y el territorio para las comunidades agrarias e indígenas al reconocer la naturaleza jurídica de las tierras de Unión Hidalgo como de uso común.

Dijo que con dicha resolución se permite establecer que a partir de ahora todos los contratos celebrados en contravención de la Ley Agraria pueden ser declarados nulos absolutos a petición de las y los comuneros, así como de las partes que la celebran.

El fallo en contra de Desarrollos Eólicos Mexicanos S.A de CV. (Demex), filial de la española Renovalia Energy, establece que las tierras donde levantaron su complejo de generación de energia, fueron consideradas indebidamente propiedad privada, cuando en realidad son tierras comunales.

La sentencia de nulidad reconoce que la Asamblea General de Comuneros de Juchitán de Zaragoza y sus anexos: Xadani, Chicapa, Unión Hidalgo, la Ventosa y el Espinal, es la única que puede determinar el uso, destino y disfrute de las tierras, ya que por su naturaleza, todas son de uso común, y son los únicos que pueden celebrar contratos de arrendamiento.

Además, establece que Unión Hidalgo es una comunidad agraria e indigena que conserva sus usos y costumbres, en las que el 90% de la población habla su lengua nativa, el zapoteco.