Podría la SCJN definir el futuro de los nuevos libros de texto

Padres de familia y especialistas denuncian que la SEP ha ignorado la orden del Poder Judicial (Foto: Archivo Cuartoscuro) / Animal Político – Eréndira Aquino

Las resoluciones judiciales que ordenan frenar la distribución de los materiales —dado que su elaboración no cumplió con el proceso previsto— y la negativa de la SEP a acatarlas abren el escenario de que el caso llegue a la Corte.

El conflicto por los nuevos libros de texto gratuitos y por el proceso por el que fueron elaborados está en camino a llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), luego de que la Secretaría de Educación Pública (SEP) se ha negado a cumplir con las resoluciones de una jueza federal para que suspenda la distribución de materiales, e incluso ha advertido que no lo hará.

De acuerdo con abogados consultados por Animal Político, ese escenario se abre tanto por la suspensión definitiva otorgada por una jueza en favor de quienes cuestionaron la forma en que la SEP mandó a imprimir los libros —ignorando lo que marca la Ley General de Educación—, como por la reiterada negativa de las autoridades educativas a atender estas órdenes.

La SEP violó la Ley General de Educación porque mandó a imprimir los libros sin antes haber publicado los planes y programas de estudio, y tampoco realizó consultas con todos los sectores involucrados como organizaciones civiles y padres de familia.

Miguel Ángel Ortiz, abogado de la organización Educación con Rumbo, señaló que, incluso si los planes y programas educativos son publicados en el Diario Oficial de la Federación previo al inicio de clases —el próximo 28 de agosto—, esto no daría legalidad al proceso de elaboración de los libros. Por el contrario, “sería una prueba de que la elaboración de los materiales fue ilegal, por resultar contraria a la Ley General de Educación que establece que la documentación debe ser publicada con anterioridad al proceso de producción”.

“Este procedimiento tiene que ser programático y ordenado, además que debe garantizarse que los libros tienen contenido científico y de calidad. No basta con que se publiquen los planes y programas, sino que estos tienen que respetar la Ley General de Educación, y esa es la parte de la que el Poder Judicial está a la espera, para determinar si efectivamente cumplieron con la norma”, explicó.

El abogado indicó que, en caso de que la SEP no cumpla con la suspensión dictada por la jueza Yadira Elizabeth Medina Alcántara, el asunto podría llegar a la SCJN, “para hacer cumplir las determinaciones del Poder Judicial, algo totalmente justificable para garantizar el interés superior de los niños y niñas”.

La decisión de atraer el asunto a la SCJN es de los ministros que la integran, que podrían tardar meses en discutir el tema. Independientemente de que esto ocurra, en el caso de que se confirme jurídicamente que la SEP incumplió con la orden de detener la elaboración de los libros, estos tendrán que quedar bajo resguardo hasta que se determine qué va a ocurrir para que las faltas cometidas sean resarcidas.

Según Miguel Ángel Ortiz, si antes del inicio del siguiente ciclo el asunto continúa sin resolverse, “están los libros de texto del año pasado, están las versiones electrónicas, y los maestros tienen la capacidad de llevar a cabo la enseñanza bajo el régimen que se venía aplicando y que está aprobado”.

La discusión sobre los libros de texto

En las últimas semanas, los contenidos de los libros han sido tema de debate entre especialistas en temas educativos, políticos y la ciudadanía; sin embargo, más allá de esta discusión se encuentran los argumentos legales por los que el Poder Judicial emitió una suspensión definitiva que ordena que se detenga su elaboración y distribución.

Miguel Ángel Ortiz remarcó que la SEP ha incumplido con la Ley General de Educación, cuya nueva versión fue discutida y promulgada durante la actual administración, en septiembre de 2019; ahí se establece la obligatoriedad de publicar —previo a la elaboración de los libros— los planes y programas del ciclo escolar por iniciar, mismos que, al igual que los materiales educativos basados en ellos, deben ser consultados entre padres de familia.

Por ello, explicó, asociaciones civiles y grupos de padres han recurrido al Poder Judicial para exigir que se les permita participar en la elaboración de la política educativa, y que se detengan las acciones que han sido implementadas por las autoridades de la SEP, como es, en este caso, la reforma de la totalidad de los contenidos sin haber cumplido con los requisitos legales.

“Desde el tema jurídico, y sin entrar a los contenidos, tenemos algo que es incontrovertible y muy objetivo: se imprimieron los libros de texto y se remitieron a los estados sin haber seguido el procedimiento establecido en la Ley General de Educación, lo que es irregular e ilegal y, por ende, inconstitucional, porque atenta contra el derecho humano a la educación”, dijo Ortiz.

“La SEP no ha acreditado ante el Juzgado de Distrito haber seguido ese procedimiento; entonces, estamos en un punto en donde el Poder Judicial tendrá que requerir el cumplimiento de esa suspensión y, en todo caso, iniciar los procesos de sanción para el supuesto de que se hubiera violado la orden, que puede ser con una multa, un apercibimiento, e incluso escalar a lo penal por haber desacatado un mandato”.

¿Qué significa que haya una suspensión definitiva?

La suspensión definitiva es una medida que dicta un juez para evitar que algún acto que podría constituir una violación de derechos continúe. Héctor López Bello, abogado y profesor de la Universidad Panamericana y la Escuela Judicial, explicó que este no es un fallo final, sino una forma de prevenir que, en tanto se concluye con la investigación de los hechos, estos no se detengan.

“Es una manera de demandar al Estado y decirle: mira, el acto que tú cometiste o estás cometiendo viola un derecho humano, que en este caso es el de la educación, reconocido en la Constitución y en la ley que lo reglamenta. Es un juicio, y como tal, una demanda, en la cual, como ocurre en otras circunstancias, la parte acusada puede defenderse cuando se da una suspensión, provisional o definitiva, mediante la presentación de una queja, además de presentar las pruebas necesarias para corroborar lo ocurrido con el acto reclamado”, detalló.

López Bello destacó que, para los libros de texto gratuitos, esto implica que se suspendiera la elaboración, impresión y distribución de los materiales, “lo cual no significa que ya se haya otorgado un amparo, pero sí que, entre que son peras o son manzanas, mientras se investiga, debe detenerse lo que podría constituir una violación de derechos humanos”.

El profesor comentó que, en el caso de los actos reclamados por los grupos que buscan ampararse contra los nuevos libros, el argumento es que la SEP violó el artículo 23 de la Ley General de Educación, que establece que para determinar los planes y programas de estudio, la secretaría deberá considerar “la opinión de los gobiernos de los estados, de la Ciudad de México y de diversos actores sociales involucrados en la educación, así como el contenido de los proyectos y programas educativos que contemplen las realidades y contextos regionales y locales”.

“Esto obliga a que el Estado, para la realización de los contenidos de los programas, esté sujeto a escuchar a los diversos actores políticos involucrados en temas educativos, pero esto no se hizo, han sido decisiones unilaterales por parte de las autoridades”, concluyó.

Fallos judiciales previos contra la SEP

Previo al juicio de amparo contra los libros de texto, asociaciones civiles han presentado otros recursos legales para impedir que la SEP eliminara los grados escolares, la evaluación de profesores a estudiantes, así como para realizar una prueba piloto de los materiales de la Nueva Escuela Mexicana.

En septiembre de 2022, un juez federal determinó suspender definitivamente la intención de la SEP de eliminar los grados escolares y quitar a los maestros la facultad de evaluar a las niñas y niños, por un amparo promovido por la asociación Seamos Héroes.

Miguel Ángel Ortiz, representante legal de la asociación, afirmó que esta exigencia se dio porque después de la pandemia en México se incrementó el rezago educativo, por lo que tomar este tipo de decisiones —sin consultar a padres o especialistas— constituía un riesgo de que la situación se agravara.

Además, enfatizó Ortiz, esta propuesta violaba la Ley General de Educación, que en su artículo 21 establece que los estudiantes deben ser evaluados para valorar sus conocimientos, habilidades y destrezas, y en el 22 señala que los planes y programas de estudio deben ser graduales.

Posteriormente, en junio de 2023, Seamos Héroes ganó el juicio de amparo 1457/2022-VII contra la aplicación de un “piloteo del nuevo plan de estudio que aún no se encuentra vigente, únicamente a un porcentaje de niños y niñas del país (de 960 escuelas), sin que existan los programas autorizados, ni libros de texto relacionados con estos programas y sin la capacitación previa de maestras y maestros respecto de dicho plan”.

Para Ortiz, estos antecedentes dan cuenta “del patrón de conducta que ha tenido la SEP desde hace años, contrario a la Constitución, y que aun con estos fallos ha querido seguir avanzando, todavía hay un interés por hacer cambios drásticos sin consensos”.

“Lo que está en el centro son los derechos de las niñas y niños, su educación y el interés superior que los protege, y es algo que se ha perdido entre discusiones de contenidos e ideologías, pero más allá del ruido, esa es la columna vertebral del tema”, concluyó.