
Ciudad de México, 9 de febrero de 2026 — En una resolución unánime, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó este lunes 9 de febrero la sentencia que había permitido la libertad de Jhoan Ricardo Matus Marcial, exasesor jurídico del Ayuntamiento de Asunción Nochixtlán, Oaxaca, señalado como presunto responsable de la desaparición forzada de la activista y defensora de derechos humanos Claudia Uruchurtu Cruz.
La Corte consideró que el tribunal colegiado que previamente otorgó el amparo y dictaminó la liberación —en una decisión emitida en agosto de 2025— aplicó un estándar probatorio “excesivamente rígido e incompatible con la naturaleza del delito de desaparición forzada”, y no evaluó adecuadamente el contexto de violencia sistémica contra mujeres defensoras.
Nuevo enfoque jurídico: género e interseccionalidad como obligatorios
El fallo fue aprobado por unanimidad bajo la ponencia del ministro Rodrigo Arístides Guerrero García. El proyecto destaca que en casos de desaparición forzada de defensoras de derechos humanos se debe aplicar obligatoriamente una perspectiva de género e interseccionalidad, considerando la doble condición de vulnerabilidad por género y por la labor de defensa.
La SCJN ordenó devolver el expediente al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y de Trabajo del Décimo Tercer Circuito para que se emita una nueva sentencia conforme a derecho y bajo estos parámetros jurídicos actualizados.
Los ministros coincidieron en que su decisión no solo corrige errores procesales específicos, sino que sienta criterios jurisprudenciales obligatorios sobre cómo deben ser juzgados los delitos de desaparición forzada que afectan a mujeres defensoras, enfocándose en el contexto social y de violencia estructural.
Antecedentes del caso
Claudia Uruchurtu, activista oaxaqueña, desapareció el 26 o 27 de marzo de 2021 tras participar en una protesta contra autoridades municipales en Nochixtlán, luego de denunciar presuntos desvíos de recursos públicos.
Inicialmente, Matus Marcial fue sentenciado a prisión —hasta 50 años según distintas fuentes— por su participación en el crimen, junto con la entonces alcaldesa municipal Lizbeth Victoria Huerta, quien también enfrentó procesos judiciales pero fue liberada tras reclasificación de cargos y reducción de pena en instancias previas.
Posteriormente, en agosto de 2025, el Primer Tribunal Colegiado consideró insuficientes las pruebas y ordenó su libertad, decisión que generó fuertes críticas de organizaciones de derechos humanos y de la familia de Uruchurtu, quienes denunciaron impunidad e irregularidades en el proceso judicial.

Impacto social y judicial
Organizaciones civiles y familiares de Claudia Uruchurtu han señalado que la decisión de la Corte representa un avance importante para enfrentar la impunidad estructural en casos de desaparición forzada, particularmente cuando las víctimas son mujeres defensoras de derechos humanos.
Sin embargo, el proceso judicial aún no concluye. A partir de este fallo, corresponde al tribunal colegiado emitir una nueva resolución que incorpore los criterios fijados por la SCJN, que deberán priorizar el análisis del contexto de violencia, pruebas circunstanciales y el riesgo agravado por condiciones de género e interseccionalidad en delitos de desaparición forzada.
Para la familia Uruchurtu, este fallo es un paso más en la lucha por justicia, verdad y reparación, pero mantienen la exigencia de que el caso no quede impune mientras la búsqueda de Claudia continúa sin resultados.









