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Exhorta Poder Legislativo a dependencias estatales y federales a proteger la salud infantil ante el uso de colorante rojo 3 en alimentos y bebidas

  • La medida solicita a las autoridades vigilar el periodo de transición de la prohibición del aditivo, restringir su venta en escuelas y reforzar el etiquetado informativo al consumidor

San Raymundo Jalpan, Oax., a 27 de agosto de 2026.- Con 32 votos a favor, el Congreso local aprobó de Urgente y Obvia Resolución un Punto de Acuerdo para exhortar a dependencias estatales y federales a garantizar el cumplimiento efectivo y oportuno de la prohibición del colorante rojo 3 (eritrosina) en alimentos y bebidas, intensificar la vigilancia sanitaria y la información al consumidor, así como asegurar la aplicación efectiva del artículo 22 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca respecto de los productos que contienen dicho colorante.

La medida, presentada por la diputada Antonia Natividad Díaz Jiménez, integrante del Grupo Parlamentario Plural, responde al acuerdo emitido por la Secretaría de Salud federal y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) el pasado 28 de mayo de 2026. En dicho documento se determinó la prohibición formal del aditivo sintético en el país tras comprobarse que el consumo promedio en la población mexicana supera en más de dos veces la ingesta diaria admisible, lo que representa riesgos de disfunción tiroidea e hiperactividad en la niñez.

A pesar de la prohibición emitida, la normativa federal concedió un periodo de transición de 24 meses para que la industria alimentaria elimine el insumo de sus cadenas productivas, lo que implica que productos preenvasados con este colorante como confitería, cereales, galletas, bebidas saborizadas y lácteos continuarían en el mercado hasta mediados de 2028. Ante dicho panorama, se consideró prioritario interponer mecanismos de protección cautelar en favor del bienestar de la infancia y la ciudadanía oaxaqueña.

Por ello, el dictamen plantea que la Secretaría de Salud federal y la Cofepris informen pública y periódicamente sobre el avance del retiro del aditivo, además de evaluar la adopción de medidas cautelares como advertencias visibles en el etiquetado de los productos. Asimismo, el Punto de Acuerdo suma a la Secretaría de Economía para que, en coordinación con la Secretaría de Salud, valore la actualización de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 en lo relativo a las advertencias o leyendas que deban incorporar los productos durante la transición, e instruya a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), en su carácter de órgano sectorizado a su cargo, a intensificar la verificación del cumplimiento comercial en el mercado nacional, con fundamento en el Acuerdo Específico de Coordinación publicado el 8 de abril de 2024.

En el ámbito local, el acuerdo exhorta a los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO) y a la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Oaxaca (Coepriso) a la activación de operativos de verificación en mercados, tianguis y comercios del estado. De igual forma, insta a la Secretaría de Educación Pública del Estado, al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) y a los SSO a vigilar el cumplimiento estricto del artículo 22 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca, garantizando la prohibición total de la venta de productos preenvasados que contengan Colorante Rojo 3 en cooperativas y tiendas escolares.

Por último, se solicitó a la Profeco delegación Oaxaca que difunda de manera amplia y accesible entre la población oaxaqueña las categorías de alimentos y bebidas comprendidas en la prohibición del colorante y el calendario para su retiro gradual del mercado, a efecto de que las y los consumidores puedan tomar decisiones informadas durante el periodo de transición.

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