
La mayoría de Morena y sus aliados en la Cámara de Diputados aprobó una modificación a la Ley Federal de Derechos que incrementa de 50% a 57% la proporción de los ingresos por el permiso de estancia de visitantes extranjeros sin autorización para realizar actividades remuneradas que se asignará a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
La reserva fue presentada por Carol Antonio Altamirano, presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, durante la discusión en lo particular del dictamen. La modificación contempla elevar a mil 158 pesos la cuota correspondiente a ese permiso, lo que representa un incremento nominal de 17.8%, de acuerdo con la explicación presentada.
El cambio en la distribución de estos recursos podría representar alrededor de 18 mil millones de pesos adicionales, según el estimado referido en la información sobre la propuesta. Los fondos podrán destinarse a proyectos y operaciones autorizados por la Sedena, entre ellos los relacionados con el Tren Maya y el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).
La modificación al artículo 18-A establece que los recursos asignados a la dependencia militar podrán utilizarse para el pago, operación, prestación de servicios, administración, explotación, construcción, planeación, adquisición y desarrollo de proyectos y programas autorizados por la propia Secretaría.
La distribución propuesta quedaría de la siguiente manera:
- 57% para la Sedena, destinado a los conceptos y proyectos autorizados por la dependencia.
- 15% para el Instituto Nacional de Migración (INM), para fortalecer proyectos de seguridad fronteriza y control migratorio.
- 28% para la Tesorería de la Federación, sin un destino específico establecido en los términos señalados por la Ley Federal de Derechos.
La reforma modifica así el reparto de los ingresos derivados de este permiso migratorio y amplía la proporción que recibe la dependencia militar, mientras reduce la participación destinada a otros fines.
Por otra parte, la Comisión de Hacienda aprobó una reserva adicional para actualizar la clasificación y las cuotas aplicables al uso, goce o aprovechamiento de la Zona Federal Marítimo Terrestre y de los ambientes costeros, considerados bienes de dominio público de la nación.
El alcance presupuestario definitivo de estas modificaciones dependerá de la recaudación efectiva y de las disposiciones aprobadas en el proceso legislativo.









