Clausuran instalaciones de Grupo México por derrame de ácido en Mar de Cortés

La Profepa clausuró temporalmente las obras y actividades de esta empresa por no contar con la autorización de impacto ambiental.

Guaymas, Sonora.- Las instalaciones que tiene Grupo México en la Administración Portuaria Integral de Guaymas (Apiguay), donde derramó ácido sulfúrico al Mar de Cortés, violan la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), porque no cuentan con la autorización de Impacto Ambiental, detalló la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Esto se estableció, luego de que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) realizara dos visitas de inspección a la Unidad Terminal Marítima de Guaymas, operada por Mexicana de Cobre, S.A. de C.V, motivadas por un derrame de ácido sulfúrico el pasado 9 de julio.

La Profepa aplicó como medida de seguridad la clausura parcial temporal de las obras y actividades de dicha empresa por no contar con autorización de impacto ambiental.

La primera inspección se llevó a cabo el 10 de julio para determinar probables daños al suelo y obtener datos técnicos en materia de impacto ambiental y la segunda el 16 de julio para observar la posible existencia de daños al ambiente por este evento.

Los inspectores recorrieron el área de tanques de almacenamiento y plataformas; el área de muelles y puntos de carga a los buques, revisaron las instalaciones de ductos, válvulas y tuberías.

Asimismo, procedieron a verificar que las obras y actividades cuenten con la autorización en materia de impacto ambiental emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), que permite identificar los posibles impactos que pueden generarse tanto en el ecosistema terrestre como en el marino donde se desarrollan las obras y actividades de esta empresa en su terminal marítima y la zona de influencia, la cual no fue presentada.

Por lo anterior y de conformidad con el artículo 170 fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), y artículo 47 tercer párrafo del Reglamento Interior de la Semarnat, se impuso como medida de seguridad la Clausura Parcial Temporal de la operación de las obras y actividades para el almacenamiento y embarque de ácido sulfúrico, no sólo el tanque 19 en donde se originó el derrame.

Sólo quedaron sin clausurar las obras para la instalación de un volcador de góndolas y la reubicación de las vías férreas al interior de la unidad de Mexicana del Cobre, así como las obras de una nave industrial para el almacenamiento de 22 mil toneladas de cobre.