En Opinión: “INE y TEPJF contra uso político de las vacunas” por Alfredo Martínez de Aguilar

* La permanente confrontación del Ejecutivo federal con los otros dos Poderes, Legislativo y Judicial, ha provocado ya una crisis institucional y entraña una amenaza aún mayor, una crisis constitucional.   
* El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificó las medidas cautelares dictadas por el INE a Morena por la utilización de las vacunas contra el COVID-19 para posicionarse ante el electorado.


La persistente violación del Estado de Derecho y de las leyes emanadas de la Constitución General de la República por el Gobierno de la 4T ha generado ya, de hecho, una grave crisis institucional.

La permanente confrontación del Ejecutivo federal con los otros dos Poderes, Legislativo y Judicial, entraña todavía una amenaza mayor: caminamos rápidamente hacia una crisis constitucional.   

La polarización general promovida a diario por el presidente Andrés Manuel López Obrador avanza a pasos agigantados hacia escenarios de alto riesgo de enfrentamientos y estallidos sociales.

Así lo confirma la reciente ratificación del TEPJF de las medidas cautelares dictadas por el INE a Morena al apropiarse de los programas sociales para usar las vacunas contra el COVID-19 y posicionarse electoralmente.

Los magistrados del TEPJF aprobaron por unanimidad ratificar las medidas cautelares que el INE ordenó a Morena para abstenerse de realizar, ordenar o participar en este tipo de actos.

En consecuencia, los Siervos de la Nación ya no deberán exigir la credencial de elector del INE ni podrán condicionar a las personas a permitir que se les tomen fotografías a ellas o a sus credenciales.

Los Siervos de la Nación y las Uvas integrantes de las brigadas Correcaminos que están en los módulos de vacunación contra el COVID-19 son “operadores electorales” de Morena, a través de la Coordinación General de Programas Integrales de Desarrollo de la Secretaría de Bienestar.

Las brigadas de vacunación solo deben recabar datos como la CURP, nombre, domicilio, teléfono y condiciones de salud como el historial de alergias, además del tipo de vacuna, si es de Pfizer o de AstraZeneca o de qué laboratorio y el lote del mismo.

Este tipo de resoluciones de los órganos constitucionales autónomos indignan al presidente Andrés Manuel López Obrador porque estorban sus decisiones autoritarias, lo que le ha llevado a demandar su desaparición.

En sesión privada, la Sala Superior considera que el partido podría incurrir en una indebida apropiación de acciones de gobierno y con ello posicionarse ante el electorado en el proceso electoral federal en curso.

Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que avaló dictar medidas cautelares contra el partido Morena por vincularse con el registro de beneficiarios de programas del gobierno federal, y el supuesto uso para su beneficio del programa de vacunación contra el COVID-19.

Es de mencionar que la resolución del Expediente SUP-REP-62/2021 solamente tiene que ver con la solicitud de medidas cautelares, y no con el fondo del asunto, que será abordado en otra sesión, de ser el caso.

En sesión privada no presencial, bajo el formato de videoconferencia, las y los magistrados consideraron que el acuerdo no contraviene las disposiciones legales ya que, desde una perspectiva preliminar.

Los hechos denunciados sí pueden ser contrarios a las disposiciones constitucionales y legales, en virtud que aparentemente se está en presencia de una indebida apropiación de programas sociales -como es la campaña de vacunación contra el COVID-19- para posicionar a Morena como partido político nacional, en el marco del proceso electoral federal en curso.

El pasado 12 de febrero, el PAN denunció a Morena por la supuesta realización de padrones o registros de beneficiarios para acceder a programas de gobierno, así como por el presunto uso y aprovechamiento de ese tipo de programas durante el actual proceso electoral, particularmente por cuanto hace al programa de vacunación contra el COVID-19.

En la denuncia solicitó el dictado de medidas cautelares, a fin que se ordenara la inmediata suspensión de la elaboración o actualización de los padrones de beneficiarios para el acceso a los programas sociales.

De igual manera, solicitó, en vía de tutela preventiva, se exhortara al partido Morena, abstenerse de seguir realizando actos político-electorales a partir del uso de programas sociales.

El INE ordenó a Morena abstenerse de realizar, ordenar o participar en ese tipo de actos, y no relacionarse con los programas sociales o gubernamentales.

Además le instruyó llevar a cabo gestiones para informar e instruir a sus militantes, el personal que labora para el partido, simpatizantes y voluntarios que realicen labores de campo en beneficio del instituto político, a que no se ostenten, funjan o señalen que actúan, directa o indirectamente, en nombre de cualquier ente público o gubernamental, ni soliciten información de la credencial para votar.

Tras la impugnación de Morena, al analizar el expediente, las magistradas y los magistrados de la Sala Superior consideraron infundados los argumentos que esgrimió el partido y coincidió con la determinación del Instituto Nacional Electoral.

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