La CNMC sanciona a Mediaset y Atresmedia por vulnerar la ley de competencia

La multa rondará los 40 millones de euros para cada cadena, que tienen previsto recurrir

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) logró esta noche alcanzar un acuerdo por unanimidad para imponer la multa a las cadenas televisivas Atresmedia y Mediaset por supuesta vulneración de la ley de competencia. La sanción, que según fuentes empresariales rondará los 40 millones de euros para cada cadena, cambiará las condiciones de comercialización de la publicidad en televisión e impondrá un cambio de actuación en el resto de soportes. Las empresas tienen previsto recurrir.

Tras más de año y medio de investigación, análisis y negociaciones, la sala de Competencia del organismo regulador acabó ayer con uno de los casos de más calibre de los seis años de existencia de la CNMC. En junio ya se había dado un paso decisivo con la comunicación de la propuesta de resolución a las partes y la aceptación posterior por parte de Bruselas. En este largo proceso, los responsables de la CNMC negociaron con las empresas para evitar la sanción; pero no prosperó ningún acuerdo porque los compromisos se consideraron insuficientes. Entre las dos concentran el 85% del mercado publicitario audiovisual con el 55% de la audiencia.

La decisión de este martes, según las fuentes consultadas, será algo menor de los 43 millones que se habían considerado en principio, lo que supondría un mínimo alivio. En todo caso, la importancia radica en las reglas que se determinen en aspectos clave que la CNMC consideró vulnerados como el pago de extraprimas, la pauta única y las cuotas mínimas.

La CNMC abrió el expediente por prácticas abusivas como la de exigir a anunciantes y agencias de medios el cumplimiento de cuotas relativas de inversión publicitaria en sus respectivas televisiones. Tambiñen constató la contratación conjunta de publicidad televisiva en distintos canales de cada uno de los dos operadores de televisión, a través de la emisión al mismo tiempo de la mayoría de las campañas publicitarias, así como la vinculación de paquetes.

Las empresas, que cuentan con un ejército de abogados, tienen previsto recurrir la sanción. En este sentido, tienen fundadas esperanzas de que ganarán el litigio en los tribunales, según fuentes de su entorno. Las mismas esperaban que hubiera algún voto particular discrepante que les sirviera de arma adicional para aportar a su lucha legal.

Tarifas de Aena


La CNMC, por otra parte, ha rebajado la propuesta de Aena para calcular el llamado índice P, con el que se fija parte de las tasas aeroportuarias que la sociedad cobra a las compañías aéreas por utilizar sus instalaciones y que después estas repercuten en el precio de los billetes. La CNMC ha corregido el cálculo inicial realizado por Aena, del 1,44%, y lo fija en un 0,8%, aunque Aena solo podía proponer por ley un 1%.

En sus tarifas, Aena cobra el uso de servicios como las pistas, las pasarelas de embarque, la seguridad de los pasajeros, la limpieza, la energía eléctrica; las llamadas prestaciones patrimoniales públicas. Se trata de costes sobre los que no tiene control y se establecen mediante este índice. La CNMC es la encargada de aprobar el valor del índice P, después de que Aena, que gestiona los 46 aeropuertos y dos helipuertos españoles, haga su propuesta. En su resolución, el organismo justifica el recorte servicio a servicio.